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jueves, 5 de julio de 2007

LEY DE DEPENDENCIA

¿QUÉ SERVICIOS Y PRESTACIONES RECIBIRÁN LOS CIUDADANOS?
El Sistema de Dependencia incluye las siguientes prestaciones:
1) Servicios.
Los beneficiarios tienen derecho a una serie de servicios según su grado y nivel de dependencia.
El catálogo de servicios incluye:
-Servicio de Prevención de las situaciones de dependencia.
-Servicio de Teleasistencia
-Servicio de ayuda a domicilio
-Servicio de Centro de Día y de Noche
-Servicio de Atención Residencial:
2) Prestaciones económicas
2.1. Prestación económica vinculada a la contratación del servicio
En caso de que no se disponga de la oferta pública de servicios que requiera el beneficiario en función de su grado y nivel de dependencia, se procede al reconocimiento de una prestación económica vinculada para que la persona pueda adquirir el servicio en el mercado privado.
La prestación económica de carácter personal podrá recibirse cuando el beneficiario cumpla determinados requisitos, y estará, en todo caso, vinculada a la prestación de un servicio.
La cuantía de la prestación económica estará en relación con el grado de dependencia y de la capacidad económica del beneficiario.
2.2 Compensación económica por cuidados en el entorno familiar.
Siempre que se den las circunstancias familiares y de otro tipo adecuadas para ello, y de modo excepcional, el beneficiario podrá optar por ser atendido en su entorno familiar, y su cuidador recibirá una compensación económica por ello.
Por tanto, el cuidador familiar deberá estar dado de alta en la Seguridad Social.
El apoyo a cuidadores conlleva programas de información, formación, y periodos de descanso para los cuidadores no profesionales, encargados de la atención de las personas en situación de dependencia.
2.3 Prestación de asistencia personalizada
Tiene como finalidad la promoción de la autonomía de personas con gran dependencia. Su objetivo es contribuir a la contratación de una asistencia personalizada durante un número de horas, que facilite al beneficiario una vida más autónoma, el acceso a la educación y al trabajo y el ejercicio de las actividades básicas de la vida diaria.
2.4 Aseguramiento privado de dependencia
Por otra parte, aquellas personas que opten por contratar un seguro privado de dependencia obtendrán beneficios fiscales.

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