ESTAMOS AQUI

domingo, 8 de julio de 2007

Incapacidad Temporal y Actividad Sindical

¿Es compatible la actividad sindical durante la situación de Incapacidad Temporal?

Según ha venido manifestando el Tribunal Supremo el efecto suspensivo del contrato de trabajo que produce la incapacidad temporal, no podrá causar, como efecto reflejo, la suspensión de las facultades legales reconocidas al miembro de comité de empresa que se encuentre en esta situación, pudiendo éste seguir desempeñando su actividad representativa, de carácter institucional, accediendo con normalidad al centro de trabajo, siempre que las funciones que realice sean compatibles con la contingencia por la que se encuentra de baja y ello por lo siguiente:


1. Porque aunque la situación de incapacidad temporal implique la suspensión del contrato de trabajo, conforme dispone el artículo 45.1 c) del Estatuto de los Trabajadores, con la consiguiente exención del trabajador de prestar sus servicios y de la empresa de remunerarlos, el primero podrá acceder con normalidad al centro de trabajo para el ejercicio de la actividad sindical si es representante de los trabajadores.
2. Porque aunque durante la situación de incapacidad temporal el trabajador no deba realizar ninguna actividad que pueda perjudicar su recuperación, ni tampoco abandonar el tratamiento que le haya sido prescrito por los servicios médicos competentes, la empresa no puede presumir que la enfermedad que motiva dicha situación es incompatible con la actividad sindical para restringir un derecho reconocido constitucional y legalmente.
3. Porque siendo cierto que la empresa tiene la obligación genérica de proteger la salud y la seguridad de los trabajadores a su servicio, correlativo al derecho de éstos a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo, no puede imponer unilateralmente un requisito (el certificado médico) no previsto legal ni convencionalmente para impedir que un representante sindical desempeñe con normalidad las actividades sindicales propias de la representación encomendada por sus compañeros de trabajo.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Hola de nuevo,tampoco se a que convenio colectivo pertenece mi empresa que se dedica a la extinción de incendios forestales por medios aéreos. Alguien me podría responder

Creative Commons License
Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons.