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sábado, 9 de junio de 2007

PERMISO DE PATERNIDAD Y VACACIONES

A diferencia de lo que ocurre con la maternidad, el permiso por paternidad NO interrumpe el periodo de vacaciones, la nueva redacción del 38.3 del Estatuto de los trabajadores queda:

«Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.»

Pero no dice nada de paternidad. Los 13 días del permiso, se pueden disfrutar, según el artículo 48 bis:

El trabajador que ejerza este derecho podrá hacerlo durante el periodo comprendido desde la finalización del permiso por nacimiento de hijo, previsto legal o convencionalmente, o desde la resolución judicial por la que se constituye la adopción o a partir de la decisión administrativa o judicial de acogimiento, hasta que finalice la suspensión del contrato regulada en el artículo 48.4 o inmediatamente después de la finalización de dicha suspensión.

Que nadie se lleve a engaños, mientras la jurisprudencia no diga lo contrario, NO se interrumpen las vacaciones.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Ya, pero: o el sujeto en cuestión tiene el mismo periodo de vacaciones anuales que Fidel Albiac, o me resulta harto díficil que pudiendo elegir el disfrute del permiso de paternidad en una franja de entre: minimo cincuenta y seis días y máximo ciento doce días vaya el muy tancredo y lo haga coincidir con sus vacaciones, ahora bien si se diera el caso ya no sería cuestión de que la jurisprudencia diga una cosa o te diga la otra, el sujeto semiente automáticamente debería perder las vacaciones, la patria potestad del sujeto causante (que con toda seguridad no sería hijo suyo porque las oportunidades, y multiples razones (de índole social y humanitario sobre todo), que tendría la parte concretante para cometer adulterio serían aproximadamente 1/ln1), y aparte ser obligado a trabajar vendiendo helados de cucurucho en la franja de gaza.

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